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Enrique Rosas
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    3232 13. Promover  la vinculación de los desarrolladores de tecnologías libres con los socios y comunidad beneficiaria para contribuir a su avance.
    3333 14. Contribuir al conocimiento sobre aquellos recursos técnológicos que promueven la convivencia democrática y la descentralizacióbn  para el desarrollo desde el ámbito local.
    34  15. Ser un medio que coadyuve a la coordinación y cooperación entre los técnicos  de la comunidad beneficiaria.
     34 15. Ser un medio que coadyuve a la coordinación y cooperación entre los técnicos de la comunidad beneficiaria.
    3535
    3636Para cumplir con este objeto social, la cooperativa podrá:
     
    7272'''Cláusula  7. Admisión'''
    7373El procedimiento de ingreso contempla:
    74  a) presentar solicitud por escrito
     74 a) presentar solicitud por escrito.
    7575 b) contar con la recomendación de dos socios en activo con plenos derechos.
    7676 c) contar con la aceptación provisional del administrador o consejo de administración.
    7777 d) participar en el consumo de bienes y servicios como socio "en proceso de aceptación" hasta ser ratificado por la asamblea general de socios.
    7878 e) pagar su certificado aportación en los terminós de ley y de las bases constitutivas.
    79  f) incorporarse al trabajo voluntario que se le solicite (en la medida de sus posibilidades) cumpliendo con todas las obligaciones y derechos de socio.
     79 f) incorporarse al trabajo voluntario que se le solicite (en la medida de sus posibilidades) cumpliendo con todas las obligaciones y derechos de socio.
     80
    8081Criterios de aceptación: Podrán participar como socios o socias las personas físicas que tengan la convicción de trabajar en cooperación, contribuir con trabajo solidario en las tareas de construcción y desarrollo sostenible de la cooperativa. Después de la constitución de la cooperativa, los requisitos mínimos que se  tendrán que cumplir los siguientes:
    81  a) en caso en que se requiera que aporte trabajo físico o intelectual, preferentemente contar con experiencia en la actividad en que se vaya  a desarrollar.
    82  b) ser mayor de edad; aceptar por escrito la misión y los objetivos de  la cooperativa, los principios y valores universales del cooperativismo.
    83  c) estar identificado con los objetivos de la sociedad cooperativa;
    84  d) comprometerse a aportar recursos y su consumo o trabajo para los fines económicos y  sociales;
     82 a) en caso en que se requiera que aporte trabajo físico o intelectual, preferentemente contar con experiencia en la actividad en que se vaya a desarrollar.
     83 b) ser mayor de edad; aceptar por escrito la misión y los objetivos de la cooperativa, los principios y valores universales del cooperativismo.
     84 c) estar identificado con los objetivos de la sociedad cooperativa.
     85 d) comprometerse a aportar recursos y su consumo o trabajo para los fines económicos y sociales.
    8586 f) comprometerse a cumplir con las presentes bases constitutivas, los  reglamentos, los acuerdos de asamblea y demás disposiciones que de ellos se deriven.
    86  g) suscribir por lo menos un certificado de aportación y pagarlo en efectivo o en especie, pero cumpliendo a su aceptación por la asamblea general con por lo menos el 10% del valor nominal.
     87 g) suscribir por lo menos un certificado de aportación y pagarlo en efectivo o en especie, pero cumpliendo a su aceptación por la asamblea general con por lo menos el 10% del valor nominal.
     88
    8789Todos los socios tendrán obligaciones y derechos iguales, cualquiera que sea la fecha de ingreso y su participación debe realizarse en forma voluntaria y consciente.
    8890
    8991'''clausula 8.''' Obligaciones de los socios:
    90  a) Consumir los productos y servicios de la cooperativa y además prestar su trabajo fisico o intelectual (socios comisionados) y  de manera constante durante el año, cuando así lo requiera la  cooperativa, asi como promover los  servicios que se obtienen via la  cooperativa;
    91  b) cumplir con los requerimientos de calidad en los trabajos voluntarios y los derivados de su participacion en las asambleas generales. El trabajo voluntario puede ser desarrollado por la comunidad beneficiara o bien por socios, socios (sean simples o comisionados),  para evitar la contradicción obligación - trabajo voluntario , éste último concepto aplica sólo a socios y comunidad beneficiaria.
    92  c) cumplir sus obligaciones economicas con la cooperativa, en especial  los compromisos de aportaciones para los activos basicos y proteger el  patrimonio de la cooperativa;
    93  d) los socios o socias comisionados tendrán que cumplir a cabalidad sus  tareas como trabajadores, de acuerdo a los horarios, calidad y  productividad acordados, en un ambiente de respeto y disciplina;  desempeñar el trabajo requerido de acuerdo con la descripcion oficial en  el reglamento interno; este podra ser fisico, intelectual o de ambos generos;
    94  e) asistir puntualmente a las asambleas generales, reuniones o juntas a  las que sean convocados, de acuerdo a las normas establecidas en estas  bases constitutivas, reglamentos y en la ley de cooperativas. Las  asambleas y reuniones de caracter general se podran efectuar  indistintamente en horas de la jornada de trabajo o fuera de ella y  deberán cumplir con sus acuerdos independientemente que hayan votado en contra;
    95  f) participar en la asambleas y reuniones y tomar parte activa de la  discusión y la determinación de las propuestas de desarrollo de servicios, estudios y proyectos, necesario crear un apartado denominado: Relaciones y vínculos con organizaciones similares en el extranjero
    96  g) mejorar sus conocimientos referentes al cooperativismo y su  organización, para proponer constantemente modificaciones y mejorar los  actuales modelos organizativos;
     92 a) Consumir los productos y servicios de la cooperativa y además prestar su trabajo fisico o intelectual (socios comisionados) y  de manera constante durante el año, cuando así lo requiera la  cooperativa, asi como promover los  servicios que se obtienen via la cooperativa.
     93 b) cumplir con los requerimientos de calidad en los trabajos voluntarios y los derivados de su participacion en las asambleas generales. El trabajo voluntario puede ser desarrollado por los por socios (sean simples o comisionados).
     94 c) cumplir sus obligaciones economicas con la cooperativa, en especial los compromisos de aportaciones para los activos basicos y proteger el  patrimonio de la cooperativa.
     95 d) los socios o socias comisionados tendrán que cumplir a cabalidad sus  tareas como trabajadores, de acuerdo a los horarios, calidad y productividad acordados, en un ambiente de respeto y disciplina;  desempeñar el trabajo requerido de acuerdo con la descripcion oficial en  el reglamento interno; este podra ser fisico, intelectual o de ambos generos.
     96 e) asistir puntualmente a las asambleas generales, reuniones o juntas a  las que sean convocados, de acuerdo a las normas establecidas en estas  bases constitutivas, reglamentos y en la ley de cooperativas. Las  asambleas y reuniones de caracter general se podran efectuar  indistintamente en horas de la jornada de trabajo o fuera de ella y  deberán cumplir con sus acuerdos independientemente que hayan votado en contra.
     97 f) participar en la asambleas y reuniones y tomar parte activa de la  discusión y la determinación de las propuestas de desarrollo de servicios, estudios y proyectos, necesario crear un apartado denominado: Relaciones y vínculos con organizaciones similares en el extranjero.
     98 g) mejorar sus conocimientos referentes al cooperativismo y su  organización, para proponer constantemente modificaciones y mejorar los  actuales modelos organizativos.
    9799 h) los socios o socias y sus dirigentes estaran obligados a cumplir con  honestidad sus tareas y funciones, proteger los bienes y el patrimonio   de la cooperativa, o eventualmente de la union de cooperativas a la que  pertenezcan,  asi como los intereses economicos y sociales de la cooperativa, de  acuerdo a las disposiciones de las presentes bases constitutivas y la  ley general de sociedades cooperativas.
    98  i) los socios y socias electos o designados a consejos, coordinaciones  de seccion o comisiones tienen la obligacion de resguardar la  documentacion relacionada con sus funciones y entregarla mediante acta a  su sucesor quien firmara de recibido. 
     100 i) los socios y socias electos o designados a consejos, coordinaciones  de seccion o comisiones tienen la obligacion de resguardar la  documentacion relacionada con sus funciones y entregarla mediante acta a  su sucesor quien firmara de recibido.
    99101
    100102'''clausula 9. Derechos'''
    101103Los socios y socias tendran los siguientes derechos:
    102104 a) participar con voz y voto en las decisiones de la cooperativa,  existira igualdad de derechos para todos los socios e igualdad   de  condiciones para las mujeres, sin importar los factores sociales,  economicos o el valor de las aportaciones a la cooperativa.
    103  b) se respetara el derecho individual de los socios y socias de pertenecer a cualquier partido politico o asociacion religiosa;
    104  c) elegir o ser elegidos para los cargos de directivos de la  cooperativa, previo cumplimiento de los requisitos; De acuerdo con la estructura organizativa detallada en el capítulo correspondiente
    105  d) acceder al trabajo como socio comisionado en la cooperativa cuando esta logre incrementar las actividades necesarias dentro de su objeto social y su desarrollo político así lo permita; y de acuerdo a los procedimientos y programas de servicios que se establezcan;
    106  e) acceder a los beneficios que la cooperativa otorgue a los socios y  socias, a las acciones y actividades financiadas con los fondos de prevision social y educacion cooperativa, de acuerdo a las normas que se establezcan, y a la inscripcion y beneficios que les correspondan en los institutos de previsión social;
     105 b) se respetara el derecho individual de los socios y socias de pertenecer a cualquier partido politico o asociacion religiosa.
     106 c) elegir o ser elegidos para los cargos de directivos de la  cooperativa, previo cumplimiento de los requisitos; De acuerdo con la estructura organizativa detallada en el capítulo correspondiente.
     107 d) acceder al trabajo como socio comisionado en la cooperativa cuando esta logre incrementar las actividades necesarias dentro de su objeto social y su desarrollo político así lo permita; y de acuerdo a los procedimientos y programas de servicios que se establezcan.
     108 e) acceder a los beneficios que la cooperativa otorgue a los socios y  socias, a las acciones y actividades financiadas con los fondos de prevision social y educacion cooperativa, de acuerdo a las normas que se establezcan, y a la inscripcion y beneficios que les correspondan en los institutos de previsión social.
    107109 f) como socios comisionados, percibir los anticipos sobre rendimientos como remuneración al trabajo desarrollado; una vez que la asamblea general de socios defina la aplicación de los excedentes a reinversión en infraestructura, capacitación y previsión social.
    108  g) los socios comisionados podrán participar de los ingresos a que tengan derecho, en proporción al valor del trabajo realizado, siempre que se cumplan previamente los compromisos económicos de la cooperativa;
    109  h) separarse voluntariamente de la cooperativa, previo aviso dentro de un plazo de 30 dias, y recuperar el valor de sus certificados de aportacion, dentro del plazo económicamente viable, establecido, más los  ajustes por revaluacion y rendimientos obtenidos que le correspondan,  con las deducciones por sus adeudos existentes y la parte que le corresponda por los pasivos de la cooperativa a la fecha del retiro
     110 g) los socios comisionados podrán participar de los ingresos a que tengan derecho, en proporción al valor del trabajo realizado, siempre que se cumplan previamente los compromisos económicos de la cooperativa.
     111 h) separarse voluntariamente de la cooperativa, previo aviso dentro de un plazo de 30 dias, y recuperar el valor de sus certificados de aportacion, dentro del plazo económicamente viable, establecido, más los  ajustes por revaluacion y rendimientos obtenidos que le correspondan,  con las deducciones por sus adeudos existentes y la parte que le corresponda por los pasivos de la cooperativa a la fecha del retiro.
    110112 i) designar un beneficiario de sus derechos patrimoniales, (certificados de aportacion, certificados adicionales, aportaciones a los fondos y  rendimientos) para el caso en caso de su fallecimiento.
    111113 j) conocer los estados financieros de la cooperativa, al menos con una  semana de anticipacion a la asamblea que deba pronunciarse sobre ellos.
     
    115117'''cláusula 10. Separación'''
    116118La calidad de socio de la cooperativa se pierde:
    117  a) por muerte;
    118  b) por separación voluntaria;
    119  c) por exclusión;
    120  d) por incapacidad física para desempeñar el trabajo;
    121  e) por impedimento legal
     119 a) por muerte.
     120 b) por separación voluntaria.
     121 c) por exclusión.
     122 d) por incapacidad física para desempeñar el trabajo.
     123 e) por impedimento legal.
    122124
    123125En todos los casos de separación efectiva, por cualesquiera de las  causas, los socios, socias o sus beneficiarios tendrán el derecho de  recibir el importe de la liquidación correspondiente a los certificados  de aportación que posean, más los valores acumulados por reevaluación de  inventarios y los anticipos por trabajo realizado, en los términos que  establece la ley. El calculo de cada certificado de aportación se hará  considerando el consumo acumulado aportado.